QUE NUESTRO CUERPO NO SEA ESCENARIO DE GUERRA
CARTA ESCRITA DENTRO DE LA CAMPAÑA REALIZADA POR ELCOLECTIVO DE MUJERES PAZIFICAS EN EL 2002
La violencia contra la mujer en tiempo de conflicto armado ha sido una práctica muy difundida y persistente a lo largo de los siglos. La violencia contra la mujer durante la guerra constituye una práctica aceptada por tácita tradición entre los ejércitos conquistadores.
Hay quienes plantean que la institución militar es por definición masculina y misógina, enemiga del concepto mismo de derechos de la mujer. El culto a lo masculino que impregna a las instituciones militares es por definición antifemenino y por lo tanto crea un ambiente hostil a la mujer. Hay diferencias de opinión sobre si la mujer debería contribuir a desmantelar este aparato o si debería ingresar en masa a las instituciones militares y luchar por la igualdad institucional. El debate continúa.
Hasta hace poco la violencia contra la mujer en los conflictos armados se asociaba a ideas como la "protección" y el "honor". El artículo 27 del Convenio de Ginebra de 1949 relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra considera la violencia contra la mujer como un "atentado al honor" y no como un delito de violencia. Al utilizar el paradigma del honor, vinculado como está a las ideas de castidad, pureza y virginidad, se han consagrado formalmente en el derecho humanitario ciertos estereotipos de la feminidad. Así pues, el delito de agresión sexual se asocia a la moral de la víctima tanto en el derecho nacional como en el internacional. Cuando la violación se concibe como un delito contra el honor o la moral la vergüenza suele embargar a la víctima, a la que la comunidad con frecuencia considera "manchada" o "malograda". En consecuencia, muchas mujeres optan por no denunciar ni comentar la violencia de que han sido objeto. Por la naturaleza de la violación y el silencio que suele rodearla resulta particularmente difícil investigar este tipo de violación de los derechos humanos.
Quizás más que el honor de la víctima, el blanco de la violencia sexual contra las mujeres es lo que se percibe como el honor del enemigo. La agresión sexual a menudo se considera y practica como medio para humillar al adversario. La violencia sexual contra la mujer tiene por objeto enrostrar la victoria a los hombres del otro bando, que no han sabido proteger a sus mujeres. Es un mensaje de castración y mutilación del enemigo. Es una batalla entre hombres que se libra en los cuerpos de las mujeres.
La violación es utilizada por ambos bandos como un acto simbólico. La violación de las mujeres por el enemigo se utiliza para exacerbar los sentimientos contra éste y su imagen demoníaca. Este proceso de demonización o de deshumanización puede a su vez incitar a más violaciones. Las violaciones en la guerra también han servido para aterrorizar a las poblaciones e inducir a los civiles a huir de sus hogares y aldeas. A menudo se las considera un "acicate" para los soldados y un incentivo para que se muestren valientes en el combate, es decir, una consecuencia natural de la guerra. La naturaleza al parecer endémica de la violación en la guerra ha sido institucionalizada por medio de la prostitución forzada y la esclavitud sexual de las mujeres a manos de militares. Tales prácticas se han justificado como mecanismo para evitar la violación de civiles inocentes.
Las consecuencias de la violencia sexual son devastadoras para las víctimas desde el punto de vista físico, emocional y psicológico. Son pocos los países que cuentan con personal debidamente capacitado para atender las necesidades de las víctimas que han sobrevivido. Asimismo, algunas mujeres por efectos del conflicto se han visto obligadas a vivir como madres sin pareja, y con ingresos muy bajos. Todos estos problemas pasaron desapercibidos en el pasado, pero en las últimas décadas se ha generado un impulso importante a medida que se van gestando nuevas normas para hacer frente al problema de la violencia sexual durante los conflictos armados.
Agentes no estatales, como por ejemplo grupos paramilitares y organizaciones de guerrilleros, van asumiendo un papel protagónico en los asuntos internos de los Estados. El Estado está sujeto a la norma de la debida diligencia para prevenir, enjuiciar y castigar a quienes violan los derechos de otras personas, ya sea que actúen como funcionarios públicos del Estado o como grupos paramilitares.
Como las mujeres suelen ser víctimas de actos de violencia perpetrados por agentes no estatales durante los conflictos armados, es imperativo que el Estado y la comunidad internacional elabore unas normas inequívocas que garanticen la protección de los derechos humanos de las víctimas que viven en zonas que no están bajo el control de las autoridades oficiales del Estado.

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